miércoles, 3 de noviembre de 2021

OLIVEROS: Aprehendieron a un hombre que circulaba a bordo de una moto que portaba pedido de secuestro

  Ocurrió este martes 2 de noviembre cuando efectivos policiales de Comisaria 12 da de la localidad santafesina de Oliveros, en momentos en que se hallaban patrullando por Ruta Nacional Nº 11 km 345 procedieron a la identificación de un hombre de 43 años de edad domiciliado en esa ciudad quien circulaba a bordo de una motocicleta de 100 cc. sobre la cual se constató un pedido de secuestro vigente solicitado por Comisaría Nº 21 de la ciudad de Rosario. 

   Se lo detiene y  se lo trasladó a sede policial mientras que tras realizarse las consultas pertinentes con el Fiscal interviniente se lo notificó de la causa por encubrimiento y una vez cumplimentadas las diligencias de rigor, el cual más tarde recuperó su libertad.

   En relación a la motocicleta quedo en calidad de secuestro en sede policial.

sábado, 23 de octubre de 2021

CONFIRMARON LA SENTENCIA CONTRA JORGE GILES, EL INSTRUCTOR DE CICLISMO CONDENADO POR ABUSO SEXUAL


La Cámara de Apelaciones de la ciudad de Rosario confirmó la condena impuesta a Jorge Giles por abuso sexual agravado por la condición de encargado de a educación del sujeto y abuso simple, sumando de esta manera 4 jueces - 1 de Primera Instancia y 3 de Segunda Instancia- que afirmaron la culpabilidad de Giles por dos hechos de abuso sexual. 

"Festejamos desde la querella el fallo de segunda instancia, que ratificó el excelente fallo del Dr. Álvaro Campos de Cañada de Gómez, y a pesar de las críticas de la defensa de Giles, sostuvo su culpabilidad, creyéndole a las dos victimas"; expresaron desde el Estudio de abogados Rossini. En este contexto entrevistamos al Dr. Ángelo Rossini, abogado querellante en la causa en representación de una de las víctimas.


- Doctor; finalmente se confirmó la sentencia contra Giles ¿Qué podría decirnos al respecto?

-A.R.: Recodemos que la defensa de Giles había apelado la resolución que lo condenaba. Tuvimos la audiencia de apelación hace dos meses atrás aproximadamente; y el pasado lunes 27 de septiembre nos notificaron que la Cámara de Apelaciones, compuesta por la Dra. Georgina Depetris, el Dr. Daniel Acosta y la Dra. Carina Lurati confirmaron la condena a Giles. Es decir, escucharon las críticas del defensor de Giles a la sentencia, escucharon nuestra respuesta; analizaron la sentencia, y entendieron que ésta es correcta y entendieron que Giles estaba bien condenado. Que era el culpable de los dos hechos de abuso sexual.


- ¿Cual era la pena de la sentencia y como se cuenta el tiempo que el condenado pasó en prisión preventiva?

-A.R.: La sentencia que se confirmó es a 3 años y 6 meses, y el tiempo que él lleva en prisión preventiva se le computa dentro del tiempo de cumplimiento de la sentencia. 


-Sobre el caso en general ¿Cómo vio usted este caso? ¿Cómo se dieron según su criterio las distintas etapas del mismo?

-A.R.: Todo este tipo de causas, de abuso para la víctima son muy desgastantes porque el proceso penal tiene sus etapas, si bien hoy en día es mucho más informal que antes, sigue teniendo cierta burocracia procedimental si se quiere; donde la víctima y sus familiares en cada audiencia, en cada instancia tienen que ir reviviendo el dolor que le genera el hecho. Y el hecho de abuso sexual, es extremadamente doloroso, no sólo de un dolor físico, sino de un dolor de índole psicológico. Por lo tanto hay que destacar la entereza de la menor como víctima y su familia acompañándola; sobrellevando todo el proceso penal y nunca bajar los brazos, a pesar de haber sido un proceso largo, de haber escuchado un montón de cosas de la contraparte, que obviamente al ser mentira molestaba, y siempre continuaron adelante, siempre avanzando hacia el resultado que se obtuvo finalmente.


-¿Que queda por delante en esta causa?

-A.R.: Ahora corre un plazo por diez días hábiles a partir de la confirmación, para que la defensa presente un recurso de inconstitucionalidad, que es un recurso extraordinario, ya que no toda causa amerita la presentación este recurso donde se pretende que la Corte Suprema de la Provincia revise el fallo del tribunal de Apelaciones. En este caso concreto, y según mi opinión, considerando que lo que critica la defensa es una cuestión de valoración de las pruebas, creo que tiene muy pocas chances de éxito porque normalmente la Corte Suprema no se mete en cuestión de análisis de prueba. Y si pasan los diez días y no se presenta este recurso, ya queda firme la sentencia.


El abogado de una de las víctimas dio declaraciones para el Noticiero local "Punto de Noticias", entrevista que reproducimos a continuación (ver): Video - Dr. Angelo Rossini sobre el caso Giles


jueves, 21 de octubre de 2021

Jubilado municipal reclama a la Caja de Jubilaciones el cobro de un suplemento que nunca se lo pagaron

Luis Oscar Cabrera era empleado de la Municipalidad de Cañada de Gómez, desde hace 3 años se jubiló bajo la Categoría 15. Desde marzo del 2018 reclama la incorporación de los suplementos que se liquidaban mientras se hallaba en actividad y que enuncia "Riesgo y tareas peligrosas" (art. 50 ap. 2.2 de la Ley 9286). Nunca recibió el beneficio y tras consultar a un abogado, Cabrera redactó una carta abierta a Clerici para acceder al cobro del mismo.

CARTA ABIERTA

   El que suscribe, es un empleado municipal Categoría 15; con 38 años de aporte. Hace 3 años que me jubilé (DNI 12.435.650).

   Tuve que recurrir a un Profesional (ABOGADO) para reclamar mis derechos: QUE NO ABONAN EL PORCENTAJE DE LA TAREA RIESGOSA; la cual vengo reclamando legalmente.

   Yo le pregunto a la "SRA. INTENDENTA" ¿ES NECESARIO QUE TENGA QUE RECURRIR A UN PROFESIONAL CUANDO ES UN DERECHO LEGAL? que corresponde, lo cual es reconocido en la MODIFICADA "ORDENANZA N 9297 (III).

   Espero que no sea tan negacionista y me de una pronta solución.

Jubilado municipal de Cañada de Gómez

DNI 12.435.650

   A pesar de que en diciembre de ese mismo año una resolución firmada por la Dra. Stella Clerici (intedente) Natalia Ottaviani ( Secretaria de Hacienda) y los representantes de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Municipales de nuestra ciudad; Darío Climaco (Presidente Director) y Hernán Zoff (Director); confirma textualmente: «hacer lugar al reclamo deducido por el Sr. Luis Cabrera en su carácter de titular del beneficio de Jubilación ordinaria otorgado por la Caja de Jubilaciones (...) y en consecuencia proceder al recálculo del beneficio de jubilación ordinaria y del Fondo Compensador Municipal en los términos del art. 7 de la Cláusula Transitoria tercera de la Ordenanza N 9297, incorporando al haber el suplemento "Riesgo y tareas peligrosas"».

   Resolvieron en ese mismo documento que a Cabrera «Reconocer el pago retroactivo de las diferencias de haberes por el período no prescripto, en el caso desde el mes de enero de 2018 a la fecha, en los términos del art. 7 de la Cláusula Transitoria segunda de la Ord. 9297, previa expresa adhesión del reclamante a la norma, a los fines de la firma del acuerdo transaccional previsto (...) todo conforme los fundamentos expuestos por la Subsecretaría de Gestión Jurídica en dictamen de la fecha 27 de noviembre de 2018 (...)»

   En pocas y claras palabras; tanto la Sra. intendente, la Secretaria de hacienda y los representantes de la Caja de jubilaciones municipales, reconocieron y resolvieron ABONAR los retroactivos adeudados a Luis Cabrera en calidad de los suplementos por trabajos de "Riesgo y tareas peligrosas"; pero jamás se las liquidaron en su recibo de jubilación .

No es la primera vez que los jubilados municipales de nuestra ciudad se manifiestan contra el poder de turno que se han conocido muchas irregularidades ocasionadas dentro del ente previsional; que fueron denunciados a través de los medios. A continuación te mostramos un informe que realizamos para otro de nuestros medios, el canal de Youtube de La Imprenta


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